Derechos Humanos, Crímenes de Lesa Humanidad y la Jurisdicción como Escudo de Impunidad: Un Análisis desde el Derecho Internacional y la Perspectiva Argentina
# El 16 de marzo de 2025, el gobierno de Donald Trump deportó masivamente a 238 venezolanos, desobedeciendo una orden judicial y utilizando la Ley de Enemigos Extranjeros de 1798, lo que plantea serias preocupaciones jurídicas y éticas.
# Esta medida remite a antecedentes históricos como las Leyes de Núremberg de la Alemania nazi, en tanto ambas instrumentalizan el derecho interno para justificar violaciones masivas a los derechos humanos.
# Según el derecho internacional (PIDCP, CADH, Estatuto de Roma), este tipo de deportaciones violan garantías procesales y pueden constituir crímenes de lesa humanidad, aunque EE.UU. no reconoce jurisdicción de la CPI ni la CIDH, dificultando su juzgamiento.
# En contraste, el orden jurídico argentino incorpora tratados internacionales con jerarquía constitucional (Art. 75.22 CN) y su jurisprudencia (casos Simón, Muiña, Batalla) reafirma la primacía del derecho internacional.
# Autores como Bidart Campos y Cassese alertan sobre el impacto negativo de la impunidad estructural sostenida por grandes potencias.
# Se recomienda fortalecer mecanismos regionales como la CIDH, ejercer presión diplomática desde países como Argentina y promover la conciencia pública para evitar la normalización de prácticas discriminatorias y violatorias de derechos fundamentales.
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